Fue una mañana, creo que del 2017, cuando aquel Jefe de la AGR me invitó a acompañarlo a una visita que iba a realizar a la Universidad de la Habana. Al concluir un breve recorrido, el Rector del alto centro de estudios hizo una amplia exposición de los pasos dados para la informatización de los estudios universitarios y explicó – como un gran logro – que alrededor del 70 % de los estudiantes utilizaran laptops y tabletas en sus actividades académicas. Y recuerdo que cuando nos acomodamos en el carro para regresar a la Jefatura comenté desde el asiento trasero: “Jefe, ese 70% de estudiantes con laptop y tabletas es gracias a usted”
Hoy se ve como algo normal que todos los viajeros puedan llegar al país con una laptop o una tableta como efecto personal cada vez que viajen, sin tener que declararla o pagar impuestos, pero lo que quizás muchos no sepan o recuerden es que no siempre fue así.
Antes del 2012 – y desde siempre —, la política gubernamental limitaba las importaciones por personas naturales de medios informáticos, entre ellos laptops y tabletas. Para poder importar alguna, los residentes permanentes en el país debían presentar una carta del organismo donde trabajaban y a los no residentes se les controlaban estos equipos físicamente a la entrada y debían reexportarlos o pagar altos derechos de aduana. Como ahora, estos equipos de cómputo no se comercializaban en las tiendas y producto de estas políticas restrictivas en su importación, su oferta en el mercado informal era muy poca y los precios muy altos.
Cuando aquel Jefe del que hablaba al comienzo llegó a la Aduana, una de sus prioridades fue hacer más transparente la actuación de la Aduana ante sus usuarios y dentro de ello, una de sus primeras acciones fue precisamente definir clara y legalmente el concepto de “Efecto Personal” en el caso de cualquier pasajero, acercándolo a la práctica internacional.
Sin embargo, aquello no resultó sencillo, pues se debía no solamente cambiar disposiciones aduaneras, sino que había – más que nada – que deshacer intereses, criterios y temores arraigados en más de un organismo del Estado
Así, tras innumerables discusiones y después de vencer no pocas reticencias, se logró que en el año 2012 el MFP dictara una Resolución (vigente aún) que relacionaba los artículos que se consideraban efectos personales y establecía también que todos los viajeros, independientemente de su nacionalidad o categoría migratoria, podían entrar al país una laptop o tableta como parte de ellos en cada viaje que realizaran, sin control a la salida o el pago de impuestos de importación lo que hizo posible que muchos más pasajeros las trajeran y dejaran a familiares y amigos.
Por eso, cuando el Rector de la Universidad de la Habana le explicaba a Pérez Betancourt que el 70% de sus estudiantes utilizaban medios de cómputo personales, seguramente no se imaginaba que tenía delante a quien había sido el autor intelectual e impulsor de las medidas que habían ayudado enormemente a ello.
Él no se lo imaginaba, pero yo estaba convencido de que era así.